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Thursday, 09 February 2012

CONTENU PRINCIPAL DE LA PAGE

QUÉ OFRECEMOS Emploi et Formation

Que Ofrecemos. En la Armada nunca dejas de aprender.

flecha  Un Empleo
Un ambiente de trabajo dinámico y abierto donde unos 12.000 jovenes prestan servicio cada día como marineros y soldados profesionales.
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flecha  Un Futuro
Tu esfuerzo personal sin lugar a dudas se verá recompensado y te abrirá un amplio abanico de posibilidades.
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flecha  Una Formación
Un mundo de posibilidades para que potencies tus cualidades y adquieras los conocimientos y experiencias necesarios para tu desarrollo profesional y personal.
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flecha  Un Apoyo
Servicios, prestaciones y ayudas de carácter profesional y social que mejorarán tu calidad de vida.
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Un Empleo
Empleo. Uno de los trabajos con más ventajas e incentivos.
  1. Inicia tu trayectoria profesional con la firma del compromiso inicial por 2 ó 3 años (de acuerdo con la convocatoria correspondiente), renovable hasta seis años de duración.
  2. Con más de 3 años de servicio, podrás aprovechar la oportunidad que se te ofrece de promoción interna para acceder a la Escala de Suboficiales, y con más de 5 años de servicio podrás ingresar en la Guardia Civil, en el Cuerpo Nacional de Policía u otros organismos públicos, y tendrás opción de suscribir otro compromiso de larga duración que llegará hasta los 45 años de edad, durante cuya vigencia podrás acceder a la condición de marinero o soldado permanente.
  3. Una vez finalizado el compromiso de larga duración, siempre que tengas cumplido los 18 años de servicios, podrás adquirir la condición de reservista de especial disponibilidad hasta cumplir los 65 años de edad, con una asignación económica.
DESCARGA INFORMACIÓN

pdf  Retribuciones 2009

pdf  Ley de Tropa y Marineria

 
SALARIOS

En las Fuerzas Armadas recibirás un sueldo acorde a tus capacidades y en función del destino, la especialidad que desarrolles y el tiempo de servicio prestado, además de otras retribuciones y complementos que son función del empleo, distinta responsabilidad, especiales condiciones de la unidad de destino en que desarrolles tu actividad, etc.


DESARROLLO PROFESIONAL

Cuando cumplas los requisitos para ello, podrás ascender a los empleos de cabo, cabo primero y cabo mayor, y si superas los correspondientes procesos selectivos, podrás acceder a la condición de permanente, a suboficial, e incluso, a Oficial. También tendrás opción a cambiar de especialidad, y si lo deseas, a cambiar de actividad profesional para lo que tendrás ayudas en tu formación y ventajas por el hecho de haber sido marinero o soldado.



Un Futuro
Un Futuro. Elige lo que quieres ser.
  1. Primer año
    • Fase de formación general militar 2 meses.
    • Firma del primer compromiso.
    • Ya eres Marinero o Infante de Marina.
    • Fase de formación especifica 2 meses.

  2. 1er, 2º y 3er años Primer compromiso
    • Desarrollo de cometidos en la especialidad elegida.
    • Formación práctica: 500 horas.

  3. Años Sucesivos
    • Puedes renovar tu compromiso inicial por periodos de dos o tres años hasta completar un máximo de seis. Con más de 3 años de servicio y si reunes los requisitos de la convocatoria podrás presentarte para ser Suboficial. A partir del 5º año tienes la opción de adquirir el compromiso de larga duración hasta los 45 años de edad y mientras este compromiso esté vigente podrás acceder a la condición de permanente, conservando el empleo que desempeñabas hasta entonces en la Armada hasta la edad de retiro.
    • Para adquirir el compromiso de larga duración debes poseer la nacionalidad española y ser evaluado y declarado idóneo según los requisitos establecidos. En la formalización de este compromiso se hará referencia expresa al destino, la movilidad, la especialidad y la posibilidad de cambio a otras especialidades.
    • También tienes la opción, una vez realizados dieciocho años de servicios, finalizado el compromiso de larga duración y cumplidos los 45 años de edad, de incorporarte a la vida civil como Reservista de Especial Disponibilidad, pudiendo ser activado en función de las necesidades de los Ejércitos hasta los 65 años de edad.

Reserva de Plazas

Para los marineros y soldados con más de 5 años de servicio se reservan:

  • El 50% de las plazas para el acceso a la escala básica de cabos y guardias de la Guardia Civil, y a los cuerpos y escalas y personal laboral adscrito al Ministerio de Defensa.
  • El 10% de las plazas para el ingreso en la escala básica del Cuerpo Nacional de Policía.

Descarga Información

pdf  Cursos de Apoyo

pdf  Resumen de Trayectoria Profesional

pdf  Régimen del Personal de las FF.AA.

pdf  Reglamento de Evaluaciones y Ascensos

pdf  Más Información

 
Promoción Interna

Suboficial:
Pruebas de ingreso y tras dos años de formación, ascenso a Sargento. Necesitas 3 años de servicio para presentarte a las pruebas. Reserva de al menos el 80% de las plazas convocadas.

Oficial:
Desde suboficial, pruebas de acceso y tras dos años de preparación, ascenso a Alférez de Fragata / Alférez.

Permanente:
Puedes alcanzar la condición de Tropa y Marinería Permanente, tras superar las pruebas correspondientes a las que te podrás presentar al cumplir 14 años de servicio, con lo cual podrás permanecer en la Armada hasta la edad de retiro.


Adquisición Carácter Permanente

Los militares profesionales de tropa y marinería que tengan suscrito un compromiso de larga duración podrán acceder a la condición de permanente en las plazas que se determinen en la provisión anual, conservando el empleo que tuvieran. Para participar en los correspondientes procesos de selección, se requerirá estar en posesión, como mínimo, de la titulación de técnico del sistema educativo general o equivalente, tener cumplidos catorce años de servicio activo desde su ingreso en las Fuerzas Armadas y las demás condiciones que se determinen reglamentariamente y se valorará especialmente el empleo, los méritos profesionales y los años de servicios.

Alcanzados los 45 años, y en el caso de que no se haya adquirido la condición de soldado permanente, cesa la relación de servicio activo en las Fuerzas Armadas, accediendo el militar profesional de tropa y marinería que así lo decida y haya cumplido al menos 18 años de servicio, a la condición de reservista de especial disponibilidad, y con ella al derecho a percibir mensualmente una asignación económica.

Los militares profesionales de tropa y marinería, que tengan la condición de permanente, a partir de los 45 años de edad desempeñarán, preferentemente y de acuerdo con las necesidades de los Ejércitos, funciones logísticas y de apoyo a la Fuerza. Para ello, accederán a la enseñanza de perfeccionamiento que se requiera.


Promoción Laboral

Si decides reincorporarte a la vida civil podrás optar a empleos acordes con tu formación y especialidad, ya que desde diciembre de 2003 los títulos de Técnico Militar tienen el reconocimiento oficial por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Tus años de servicio se valorarán como méritos por la Administración del Estado.

Disfrutarás de medidas de apoyo a la incorporación a la vida civil (orientación sociolaboral, convenios especiales, bolsa de trabajo, etc), para facilitarte el acceso a un puesto de trabajo.

Estas medidas son gratuitas, están desarrolladas por personal especializado y cada año se benefician de ellas un número muy elevado de soldados y marineros.




Una Formación
Una Formación. La diferencia está en tu preparación. Consigue tu título oficial.
  1. Empieza con formación básica militar y continúa con formación especializada que desarrollarás a lo largo de toda tu carrera naval.
  2. Alcanza los conocimientos que necesitas para el desarrollo de la especialidad que hayas elegido y participa en los cursos de apoyo para la mejora de tu nivel educativo, y en los de preparación para promoción interna y formación profesional.
  3. Promociónate en la Armada si quieres continuar en las Fuerzas Armadas, o reincorpórate a la vida civil para encontrar un trabajo cualificado gracias a tu formación en las Fuerzas Armadas.
Descarga Información

pdf  Convenios

pdf  Equivalencias

 
  • En la Armada encontrarás numerosas especialidades y tareas profesionales.
  • Contarás con profesorado con especial preparación y experiencia pedagógica.
  • Más de 500 horas al año de práctica profesional.

Equivalencia de Títulos

En la Armada, podrás obtener alguno de los títulos de Técnico Militar que por tener reconocida su equivalencia por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte con los títulos de Técnico de la Formación Profesional Específica de Grado Medio, tienen los mismos efectos académicos y profesionales que los obtenidos a través del Sistema Educativo General.

Una vez finalizado tu compromiso con la Armada, en el caso que decidas reincorporarte a la vida civil, este reconocimiento de títulos te facilitará el acceso a los puestos de trabajo en los que se exija o valore una titulación oficial.

La obtención del título de Técnico Militar está regulada en la Orden DEF 1683/2002, de 27 de junio (BOD 133, de 9 de julio). Las enseñanzas necesarias para la obtención del título de Técnico Militar serán convocadas y publicadas en el BOD, de acuerdo con lo regulado al efecto. Los concurrentes a la adquisición de estas enseñanzas deberán acreditar:

  • Estar en posesión de los requisitos de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de Grado Medio del Sistema Educativo General. Para los que no cumplan este requisito y tengan el título de Graduado ESO, la Armada ofrece Cursos de Apoyo de preparación de las Pruebas de acceso a los citados ciclos formativos (Artículo 38.2 de la LOCE).
  • Llevar al menos un año de tiempo de servicios en la especialidad.

La Orden ECD/3869/2003, de 18 de diciembre (BOE 23, de 27 de enero de 2003) establece las equivalencias entre los títulos de Técnico Militar y los títulos de Técnico correspondientes a la Formación Profesional Específica.

Para las titulaciones de Técnico Militar que no figuran en la tabla de equivalencias anexa a esta Orden, se establece la equivalencia genérica de nivel académico con el título de Técnico, a los efectos de acceso a empleos públicos y privados y aquellos otros que pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente. Tal es el caso del título de Técnico en Seguridad y Defensa.

La Orden DEF 2256/2003, de 28 de julio (BOD 162, de 21 de agosto) aprueba los Planes de Estudios de los diferentes títulos de Técnico Militar.

Por Orden DEF 4325/2004, de 30 de diciembre (BOD 7, de 12 de enero de 2005), se aprueban los Planes de Estudios de nuevos títulos.

Además, por Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Dirección General de la Marina Mercante (BOD 9, de 15 de enero de 2004), se reconoce el contenido formativo de determinados cursos de especialidad marítima impartidos por la Armada, como equivalentes a los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y Máquinas de la Marina Mercante. Así como los certificados de especialidad que se determinan en la citada resolución.



Un Apoyo
Un Apoyo
  • Alojamiento y vestuario gratuitos.
  • Seguridad Social a través del Instituto Social para las Fuerzas Armadas (ISFAS).
  • Protección por desempleo.
  • Compensaciones por movilidad y ayuda para vivienda al cumplir ciertas condiciones.
  • Seguro Colectivo FAS.
  • Uso de residencias militares en España y en el extranjero.
  • Uso de instalaciones deportivas y culturales.
  • Ayudas económicas de carácter social, estudios, cuidado hijos, etc.
  • Descuentos en algunos medios de transporte público interurbano.
  • Información y apoyo a través de las Oficinas de Apoyo al Personal (OFAP).
 

Legislación Laboral y Civil

La legislación laboral civil está plenamente vigente en la normativa militar, que contempla medidas de conciliación de la vida profesional, familiar y personal, como:

  • Permiso por Maternidad
  • Período de Lactancia
  • Cuidado directo de Menores de 6 años
  • Excedencia por Cuidado de Hijo menor de 3 años

Medidas Especiales

De forma específica se contemplan medidas especiales para la asignación de destinos compatibles con situaciones de embarazo y lactancia.

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