Qué Ofrecemos

Suboficiales

Qué ofrecemos. En la Armada nunca dejes de aprender.
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Un Empleo

Suboficiales. Un empleo
Suboficiales. Un empleo

El Empleo militar proporciona el nivel de responsabilidad profesional necesario para el desempeño de los diferentes cometidos, asumiendo una mayor responsabilidad en función de dicho empleo. En el siguiente cuadro se resumen los empleos militares de la Escala de Suboficiales.

Cuerpos

Suboficiales. Un empleo
Suboficiales. Un empleo

La pertenencia a Cuerpo y especialidad (fundamental o complementaria) determina las facultades profesionales de sus miembros como consecuencia del distinto grado de preparación recibida y delimitan el nivel de responsabilidad que asumen en el cumplimiento de sus cometidos.

Cuerpo General de la Armada (CGA)

Los Suboficiales de CGA se encuadran en siete (7) especialidades fundamentales que los capacitan para ejercer las funciones propias del Suboficial, operativas, técnicas, logísticas, administrativas o docentes en los distintos servicios de los buques, unidades, bases, arsenales, instalaciones y escuelas de la Armada.

Además desde cada una de las especialidades fundamentales se puede optar al desarrollo de una Especialidad Complementaria que o bien capacita a una mayor especialización dentro del campo funcional de la especialidad fundamental de origen o capacita para el desarrollo de funciones de muy alta especialización, no directamente relacionadas o asociadas a ninguna de las siete (7) especialidades fundamentales, como es todo lo relacionado con las operaciones subacuáticas (BUZO), con las operaciones especiales en la mar o proyectadas desde la mar (GUERRA NAVAL ESPECIAL) y Piloto Naval (AVP).

La realización de las especialidades complementarias de BUZO, GUERRA NAVAL ESPECIAL y AVP puede implicar un cambio de perfil de carrera respecto a la especialidad fundamental de origen.

ESPECIALIDADES FUNDAMENTALES Y COMPLEMENTARIAS CUERPO GENERAL (CGA).

  • Administración (ADS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de gestión administrativa, incluida la contable y de recursos.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Ninguna.

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Alojamiento y Restauración (APS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de hostelería, alimentación y habitabilidad.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Ninguna.

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Armas (ARS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de mantenimiento y operación de armamento, munición, explosivos y sistemas de lanzamiento asociados, así como equipos de rastreo y caza de minas.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Artillería y Misiles (ARES) Y Armas Submarinas (ASES).

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Comunicaciones y Sistemas de Información (TCIS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de mantenimiento y manejo de los sistemas de información y comunicaciones, incluidos los de guerra electrónica.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Ninguna.

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Energía y Propulsión (EPS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de y manejo de instalaciones eléctricas, plantas propulsoras, equipos de control de plataforma y sus sistemas de control.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Mecánica (MQES) y Electricidad (ELES).

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Maniobra y Navegación (MNS): Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de mantenimiento y manejo de los sistemas de maniobra, navegación, señales, embarcaciones y medios de salvamento.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Hidrografía (HIES).

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

  • Sistemas: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de mantenimiento y operación de equipos y sistemas de detección, procesamiento, distribución y presentación de datos tácticos.

    • Especialidades complementarias específicas de la especialidad: Guerra Electrónica (GES), Sistemas Tácticos (STES), Sónar (SNES), Dirección de tiro (DTES) e Hidrografía (HIES).

    • Especialidades complementarias NO específicas de la especialidad: Buzo (BZES), Guerra Naval Especial (GNE) y Piloto Naval (AVP).

Infantería de Marina (IM).

En el CIM para Oficiales, Suboficiales y Tropa existe una única especialidad fundamental, INFANTERÍA DE MARINA, en el campo de esa especialidad los Suboficiales desarrollan acciones de mando, de gestión y ejecutivas que requiere el cumplimiento de los cometidos de su Cuerpo.

Además de poder ejercer funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas o docentes en buques, unidades, bases, arsenales, instalaciones y escuelas de la Armada.

Además podrán adquirir mediante la realización de una Especialidad Complementaria mayor grado de especialización dentro de su campo funcional.

ESPECIALIDADES COMPLEMENTARIAS DE CIM.

  • Comunicaciones y Sistemas de Información (TCIS).

  • Automovilismo y Medios Anfibios Mecanizados (AUES).

  • Artillería (ARES)

  • Guerra Naval Especial (GNE).

  • Zapadores (ZPES)

  • Piloto Naval (AVP)

  • Seguridad y Protección (SEGES)

La realización de las especialidades complementarias de GUERRA NAVAL ESPECIAL y AVP puede implicar un cambio de perfil de carrera respecto a la especialidad fundamental de origen.

Retribuciones

Las retribuciones básicas totales devengadas mensualmente a  los Sargentos son las siguientes:

  • Alumno en Formación militar: 359.55€

  • Alumno en Formación específica (Sargento Alumnos): 431,54 €

  • Sargento destinado en unidades: Desde 1.624,3 €

A estas cantidades hay que añadir dos pagas extraordinarias anuales, en el caso de los sargentos alumnos y sargentos destinados en unidades. El sueldo base de los sargentos una vez destinados en las unidades se incrementa de acuerdo a diferentes conceptos, tales como la residencia, la dedicación especial, los trienios, complementos.

Más Información:Especialidades y aptitudes de la Armada (O.M. 6/2011)

Una Promoción (Régimen de Ascensos)

Suboficiales. Una promocion
Suboficiales. Una promocion

En la Escala de Suboficiales de la Armada los ascensos se pueden producir por los siguientes sistemas:

  • Ascenso por antigüedad.

    • Se producen según el orden de escalafón.

    • Se asciende por antigüedad al empleo de Sargento Primero.

  • Ascensos por clasificación.

    • Se producen por el orden derivado de un proceso de evaluación.

    • Se asciende por clasificación al empleo de Brigada y Subteniente.

  • Ascenso por elección.

    • Se producen entre los suboficiales más capacitados e idóneos para acceder al empleo superior.

    • Se asciende por elección al empleo de Suboficial Mayor.

  • Promoción interna

    Los Suboficiales pueden incorporarse a la Escala de Oficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina, mediante la reserva específica de plazas tanto en la modalidad de ingreso por promoción con exigencia de titulación universitaria, como en la modalidad de ingreso por promoción con la prueba de selectividad.

Más Información:

Una Formación

Suboficiales. Una formación
Suboficiales. Una formación

El sistema de enseñanza militar de la Armada garantiza la continuidad del proceso educativo del suboficial, con el objetivo de potenciar sus cualidades y afianzar su trayectoria profesional. La Enseñanza de formación capacita al suboficial para cumplir sus cometidos profesionales. Dependiendo del cuerpo y especialidad elegida, la formación se imparte en los diferentes Centros Docentes de Formación de la Armada (Escuela de Suboficiales y Escuelas de Especialidades).

Según el R.D. 309/2021, que regula el ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas, la formación para incorporarse a las escalas de suboficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina se estructurará en función de los requisitos de titulación que se exijan para el ingreso, de la siguiente forma:

  • Ingresando sin titulación previa de Técnico Superior: requerirá la superación de dos planes de estudios, el correspondiente a la formación militar general, específica y para la adquisición de la especialidad fundamental y, un segundo, para la obtención de un título de Técnico Superior de formación profesional del sistema educativo general. El total de la enseñanza se ordenará en un máximo de tres cursos académicos.

  • Ingresando con titulación previa de Técnico Superior: requerirá la superación del plan de estudios correspondiente a la formación militar general, específica y de especialidad fundamental, que tendrá una duración de un curso académico.

La Enseñanza de Perfeccionamiento permite obtener un mayor grado de especialización y faculta para desempeñar actividades en áreas concretas y ampliar y actualizar los conocimientos requeridos para el desarrollo de la profesión.

Un Apoyo

Suboficiales. Un apoyo
Suboficiales. Un apoyo









Ventajas

•Seguridad Social a través del Instituto Social para las Fuerzas Armadas (ISFAS)

•Compensaciones por movilidad y ayuda para vivienda al cumplir algunas condiciones

•Uso de residencias militares en España y en el extranjero y viajes organizados

•Uso de instalaciones, Centros Deportivos y culturales

•Descuentos en algunos medios de transporte público según convenio con el MINISDEF y empresas



Conciliación de vida familiar

El acceso de la mujer al mercado laboral, ha requerido que el Gobierno haya venido aprobando una serie de medidas que facilitan a hombres y mujeres la conciliación de la vida laboral y familiar.



La legislación laboral civil está plenamente vigente en la normativa militar

•Permisos por maternidad / paternidad

•Período de Lactancia

•Cuidado directo de Menores de 6 años

•Excedencia por Cuidado de Hijo menor de 3 años



Más información

http://www.reclutamiento.defensa.gob.es/como-ingresar/suboficiales/que-ofrecemos/



MAS INFORMACIÓN

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