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La Fuerza de Acción Marítima (FAM) esta formada por el conjunto de unidades que tienen por cometido principal prepararse para proteger los intereses marítimos nacionales y el control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional, contribuyendo al conjunto de actividades que llevan a cabo las distintas administraciones públicas con responsabilidades en el ámbito marítimo.
Esta compuesta por Buques de Vigilancia Marítima, Unidades Auxiliares, Buques Científicos y el Buque Escuela.
Con estos buques, la FAM también colabora con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en misiones de policía marítima, según los acuerdos vigentes, y con otros departamentos ministeriales en tareas de vigilancia de pesca, de investigación científica, de salvamento y de lucha contra la contaminación marina.
Asimismo, se encuadran en la FAM los Centros y Organismos de la Armada especialmente vinculados a la acción del Estado en la mar, como son el Centro de Buceo de la Armada y el Instituto Hidrográfico de la Marina.
El mando de la Fuerza de Acción Marítima lo ejerce un Almirante del Cuerpo General de la Armada en situación de servicio activo, con la denominación de Almirante de Acción Marítima.
El Almirante de Acción Marítima tendrá por misión la preparación de las fuerzas y medios asignados, y la coordinación y ejecución de la acción Marítima de la Armada, bajo la dirección del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, de quien dependerá directamente, para garantizar la presencia naval en nuestros espacios de soberanía y la protección de los intereses marítimos nacionales.
El área de actuación de las fuerzas navales del Almirante de Acción Marítima vendrá definida en cada caso en función de los intereses marítimos nacionales, de acuerdo con la misión asignada y la capacidad de mando y control.
La estructura la FAM está concebida para la preparación de la Fuerza y permite su asignación total o parcial al Jefe del Estado Mayor de la Defensa, como Mando Operativo de las Fuerzas Armadas, y a cualquier otro mando operativo que se determine; así como, para ser empleados en las misiones específicas de carácter permanente que la Armada tiene asignadas: la presencia naval y la vigilancia marítima.
El Almirante de Acción Marítima (ALMART) será responsable de la ejecución de las actividades o misiones específicas de carácter permanente que la Armada tenga asignadas, generalmente en el ámbito del control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional y de la preparación de sus unidades para su eventual transferencia a las estructuras operativas que puedan crearse para una determinada operación. Podrá asumir el control temporal de unidades de la Flota para la ejecución de tareas de acción marítima cuando así se decida, y solicitarlo cuando lo precise, para el cumplimiento de su misión.
El Almirante de Acción Marítima tendrá facultad para relacionarse y coordinar la ejecución de las colaboraciones, aprobadas por el Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, con los organismos de la Administración que tengan competencias en el ámbito marítimo en aspectos tales como pesca, tráfico marítimo, policía marítima, lucha contra la contaminación marina, investigación y trabajos científicos, labores hidrográficas, mantenimiento del patrimonio arqueológico subacuático de interés para el Patrimonio Nacional, búsqueda y salvamento, cooperación en tareas de protección civil y transporte logístico.
Entre los cometidos del Almirante de Acción Marítima figurarán los siguientes:
El Almirante de Acción Marítima como Autoridad Naval de mayor empleo en Cartagena se encargará de las disposiciones de régimen general de la Armada en esta ciudad y su entorno.
El Almirante de Acción Marítima tendrá delegada, en el ámbito de su competencia y dentro del territorio nacional, la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.
Asimismo, y en virtud de RD 913/2002, de 6 de septiembre, sobre representación institucional de las Fuerzas Armadas, el Almirante de Acción Marítima ostenta la representación institucional de las FAS en la Región des Murcia.
La FAM es la Fuerza más moderna de la Armada. Su creación data del año2004, con la entrada en vigor de la Instrucción núm 81/2004, de 12 de abril, del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada por la que se estable la organización de la Fuerza de Acción Marítima.
El Real Decreto 912/2002, de 6 de Septiembre, por el que se desarrolla la Estructura Básica de los Ejércitos, y la Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, que lo desarrolla, disponen la supresión de las Zonas Marítimas, Sectores Navales, Provincias Marítimas y Distritos Marítimos que daban origen a la estructura territorial de la Armada, aunque manteniendo las estructuras territoriales de los archipiélagos de Baleares y Canarias, y en las ciudades de Ceuta y Melilla.
La desaparición de los mandos de carácter territorial, cuyas competencias se ligaban a sus respectivas áreas geográficas de responsabilidad, unida a las posibilidades que ofrecen los avances tecnológicos, especialmente en los aspectos de Mando y Control, permitieron concebir el espacio marítimo español de forma global como una entidad geoestratégica única, propiciando la organización del conjunto de la Fuerza Naval sin sujeción a condicionantes territoriales y atendiendo exclusivamente a la función que desempeñan sus unidades, con independencia de su base de despliegue.
A raíz de esa concepción del espacio marítimo como una entidad geoestratégica única, nace la FAM, la cual, se organiza para operar normalmente en el ámbito nacional y proteger los intereses marítimos de España allá donde sea necesario, bien mediante el cumplimiento de las misiones específicas de carácter permanente que la Armada tiene asignadas o mediante la colaboración con los organismos de la administración que tienen competencias en asuntos marítimos, mientras que la Flota se organiza para desplegarse en escenarios alejados, normalmente en ambientes conjuntos e internacionales.
La unificación del conjunto de medios que materializa la capacidad de acción marítima de la Armada en una única Fuerza (FAM), y su integración bajo un solo mando (ALMART), que puede emplearlos con visión global en un espacio de entidad única, apoyado en una tecnología que permite la dirección centralizada y la ejecución descentralizada, facilita la racionalización de recursos, garantiza la unidad de doctrina en el empleo de los medios navales, hace posible una coordinación más efectiva, permite una respuesta ágil y oportuna ante cualquier situación y propicia la existencia de un único interlocutor de la Armada con los diferentes organismos públicos con competencias en el ámbito marítimo.
Aunque la creación de la FAM data del mes de julio del año 2004, el primer Almirante de Acción Marítima fue nombrado un año y medio antes con objeto de dirigir el período de transición a la nueva Fuerza. Este fue el Excmo. Sr. Almirante D. Luis Roca Rivero, que tomo posesión el 12 de septiembre del 2002 (R.D. 936/02.- BOD 178). El Almirante Roca cesó en su cargo el 04 de septiembre del 2003 (R.D. 1134/03.- BOD 177), siendo relevado por el Excmo. Sr. Almirante D. Mario R. Sánchez-Barriga Fernández (R.D. 1138/03.- BOD 177) el 05 de septiembre del 2003, que se mantuvo en el cargo hasta el 26 de julio de 2006, siendo relevado por el Excmo. Sr. Almirante D. Juan Carlos Muñoz-Delgado Díaz del Río, que tomó posesión de su cargo el 01 de agosto del 2006 (R.D. 938/06.- BOD 151), cesando el 28 de julio de 2008.
En la actualidad, el Almirante de Acción Marítima es el Excmo. Sr. Almirante D. Emilio José Nieto Manso que tomó posesión de su cargo el 28 de julio de 2008 (R.D.1337/2008 de 24 de julio BOD. 150).
El miércoles 23 con el orto, nos encontramos una impactante imagen: un grupo de pesqueros formado por cerqueros, auxiliares y remolcadores con jaula en plena maniobra de cerco del Atún Rojo
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