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Friday, 25 May 2012

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Cómo Ingresar Emploi et Formation

Cómo Ingresar. En la Armada demuestra lo que vales.



Formas de Ingreso

Formas de Ingreso

El ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina se podrá efectuar de alguna de las siguientes formas:

  • a) Directo. Con y sin exigencia de un título de técnico superior.
  • b) Promoción. Con y sin exigencia de un título de técnico superior.

 

La forma principal de ingreso será la de promoción para cambio de escala de los militares profesionales de tropa y marinería, a la que se aplicará la reserva de plazas prevista en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, por lo que en la provisión anual de plazas para el ingreso en los centros docentes militares de formación se deberá determinar las que se asignan a aquellos que disponen de una titulación previa de técnico superior y las que correspondan a la forma de ingreso por promoción sin exigencia previa de dicha titulación. Dicha circunstancia también deberá ser considerada en la forma de ingreso por acceso directo.

En los procesos de selección por ingreso directo sin exigencia de titulación de técnico superior la calificación del bachillerato constituirá el componente principal de la fase de concurso para determinar el orden de prelación de los aspirantes.  

En el ingreso directo y por promoción, sin exigencia de titulación de técnico superior, de las plazas que se convoquen en el real decreto de provisión anual de plazas para cada una de estas formas de ingreso, los aspirantes que aporten como requisito el haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, optarán hasta el 20% de las mismas.



Requisitos

Requisitos.

Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, en adelante el Reglamento, los indicados en las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011, y los que se dispongan en las bases comunes y específicas de las correspondientes convocatorias.

Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso por promoción, se exigirá el perfil lingüístico en el idioma inglés que, en función de los requisitos de titulación, se especifica a continuación. Deberá haber sido obtenido en las condiciones establecidas en la normativa por la que se regulan los procedimientos para determinar el conocimiento en materia de idiomas extranjeros en el ámbito de las Fuerzas Armadas:
a) Sin exigencia de titulación de técnico superior: un grado de conocimiento de al menos dos, en dos de los rasgos que conforman el perfil lingüístico, y de uno en los dos restantes.
b) Con exigencia de titulación de técnico superior: un grado de conocimiento de al menos dos en todos los rasgos que lo conforman.

En los procesos de selección en los que se requiera estar en posesión de un título de técnico superior, las titulaciones de formación profesional de grado superior que se establezcan en la convocatoria correspondiente, pertenecerán a las familias profesionales que figuran en el apartado 3.A del anexo II del Reglamento ingreso y promoción (R.D. 35/2010).



Sistemas de Selección

Sistemas de Selección

El sistema de selección empleado, con independencia de la forma de ingreso, es el concurso-oposición.

  1. Concurso. Consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes y en el establecimiento de su orden de prelación, conforme a lo que, para cada forma de ingreso y requisito de titulación, se establece en las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011, en la que también figuran los baremos a aplicar en cada caso.
  2. Oposición. Constará, de las siguientes pruebas:
    • A) Ingreso directo con y sin exigencia de titulación de técnico superior. 
      • De aptitud psicofísica.
      • De lengua inglesa.
    • B) Ingreso por promoción sin exigencia de titulación de técnico superior.
      • De aptitud psicofísica.
      • De conocimientos específicos.
    • C) Ingreso por promoción con exigencia de titulación de técnico superior.
      • De aptitud psicofísica.


    • La aptitud psicofísica se verificará mediante:
      a) Pruebas físicas. Se aplicará el cuadro de pruebas y marcas a superar para el ingreso que se encuentre en vigor o, en su caso, el que se establezca en la convocatoria.
      b) Pruebas psicológicas. Deberán explorar las características de personalidad de los aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer su rendimiento como alumnos o su futuro desempeño profesional. En aquellos casos en los que sea preciso, también podrán valorar la aptitud del aspirante para el vuelo.
      c) Reconocimiento médico. Se realizará en los centros de la Red Sanitaria Militar que se determinen, y se aplicará el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación. En tanto no se apruebe el cuadro médico de exclusiones exigible, se utilizará el aprobado por la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo.

      La prueba de lengua inglesa sólo se efectuará para las formas de ingreso directo. Será eliminatoria. Cuando se exija titulación será además puntuable.
      En el ingreso directo sin exigencia de titulación de técnico superior los criterios de evaluación de la prueba de lengua inglesa no serán superiores a los que, para el bachillerato, se determinan en el anexo I del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. En el ingreso directo con exigencia de titulación de técnico superior, se ajustarán al de las competencias propias del nivel B1 del Consejo de Europa, según se define este nivel en el Marco Común
      Europeo de Referencia para las Lenguas.
      Los ejercicios de que consta la prueba de lengua inglesa se especifican en el anexo IV de las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011.
      En el ingreso directo sin exigencia de titulación de técnico superior la calificación de la prueba será de «apto» o «no apto». Los que resulten «no apto» quedarán eliminados del proceso selectivo. En la correspondiente convocatoria se establecerá una puntuación mínima que deberán superar los opositores o, en su caso, precisar el número de ellos que pueden continuar el proceso de selección, cifra que se concretará aplicando un coeficiente multiplicador al de plazas convocadas.
      En el ingreso directo con exigencia de titulación de técnico superior, además de aplicar lo que se dispone en el apartado 4 anterior, la calificación final de la prueba de lengua inglesa será la media aritmética de los ejercicios que la componen.
      En los procesos selectivos por promoción, la comprobación de que el aspirante posee los conocimientos necesarios de lengua inglesa, se podrá realizar aportando el correspondiente certificado.
      En los procesos de selección de los años 2011 y 2012, y para la forma de ingreso por promoción sin exigencia de titulación de técnico superior, los aspirantes quedarán exentos de aportar los perfiles lingüísticos. En su lugar, los aspirantes realizaran una prueba de lengua inglesa de las mismas características que la que se define en la norma undécima de las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011.

      En el ingreso por promoción sin exigencia de titulación y por la heterogeneidad de las vías de acceso, se realizará además una prueba específica de conocimientos. Esta prueba será eliminatoria y puntuable, y comprenderá la realización de ejercicios sobre las materias de «Matemáticas» y «Física».




  3. Calificación final del proceso selectivo y criterios de ordenación. La calificación final y posterior ordenación de los aspirantes a ingresar, se efectuará conforme a lo que se dispone a continuación:
    • A) Ingreso directo sin exigencia de titulación de técnico superior, y por promoción con exigencia de titulación de técnico superior, se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

    CF = PFC
    En donde:
    CF = Calificación final.
    PFC = Puntuación final del concurso, aplicando, lo dispuesto en el anexo I o III de las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011.

    Las puntuaciones se ordenarán de mayor a menor, siendo 13,5 puntos la máxima que se puede obtener en la calificación final en el ingreso directo sin exigencia de titulación, de los que hasta 12 corresponden a la calificación del bachiller, y 78 puntos en el ingreso por promoción con exigencia de titulación.

    • B) Ingreso directo con exigencia de titulación de técnico superior se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

    CF = PFC + PI/2
    En donde:
    CF = Calificación final.
    PFC = Puntuación final del concurso, aplicando, lo dispuesto en el anexo II.
    PI = Puntuación obtenida en la prueba de lengua inglesa.
    Las puntuaciones se ordenarán de mayor a menor, siendo 20 puntos la máxima que se puede obtener.

    • C) Ingreso por promoción sin exigencia de titulación de técnico superior, se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

    CF = PFC + PPEC
    En donde:
    CF = Calificación final.
    PFC = Puntuación final del concurso, aplicando, lo dispuesto en el anexo III.
    PPEC = Puntuación prueba específica de conocimientos.
    La puntuaciones se ordenarán de mayor a menor, siendo 192 puntos la máxima que se puede obtener de los que 92 puntos corresponden a la puntuación del concurso y 100 a la oposición.

    En el supuesto de igualdad en la calificación final, la  prioridad se establecerá conforme a lo indicado en las Normas por las que han de regirse estos procesos selectivos, contenidas en la Orden DEF/780/2011.

 



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