Se presentará la solicitud "modelo anexo" debidamente cumplimentada en la secretaría del centro, para su autorización.
El usuario una vez autorizado por la dirección del centro consensuará con la empresa hostelera el menú y lugar de la celebración, devolviendo la solicitud en la secretaría y depositando una fianza por importe de:
Este pago lleva implícito la confirmación de la reserva y la autorización del centro para su celebración.
La fianza responderá frente a posibles anulaciones (punto 4) o desperfectos durante las celebraciones (punto 9), siendo competencia de la dirección decidir sobre su incautación total o parcial.
El importe de estas fianzas no constituye un límite a las responsabilidades exigibles en su caso.
Caso que se anule la celebración dentro del mes anterior a la fecha prevista, y no se cubra dicha fecha con otra celebración similar, el usuario perderá la fianza.
El número exacto de invitados y el contenido del menú deberá confirmarse con al menos quince días de antelación a la fecha de la celebración. Dentro de este plazo cualquier variación por más en el número de invitados deberá ser consensuada con el centro.
El Horario tope para las delebraciones será el siguiente:
El usuario deberá entregar en secretaría quince días antes de la celebración, una relación de los invitados que no son usuarios del club. (apellidos, nombre y si es posible matrícula de coche) y pagar el canon correspondiente (punto 10).
El usuario es el único responsable ante el centro del comportamiento de sus invitados, en particular de que los no usuarios asistentes a la celebración, no accedan al salón principal del edificio, ni a las restantes instalaciones del centro así como de cualquier avería, desperfecto o acto que suponga un perjuicio económico para el centro, producido por cualquiera de los asistentes.
El centro no se hace responsable en caso de corte de la corriente eléctrica.
En la utilización de salones para actos sociales el canon será de 1,25 euros por persona y actividad a desarrollar. Se cumplirá la ley 28/2005 (espacios sin humos) en todo el edificio principal incluidas terrazas y carpa, sólo se permitirá fumar en espacios libres.
CLASIFICACIÓN DE USUARIOS (ARTíCULO 23)
La admisión de los usuarios de los C.D.S.C.M. se solicitará al director de cada centro, de acuerdo a la categoría militar que se ostente. (Oficial, Suboficial o MPTM)